Intermediación en Energía solar y energías renovables. Venta de paneles solares directamente del fabricante, al mejor precio del mercado. Inversores, Huertos solares llave en mano. Proyectos de ingeniería. Instalaciones fotovoltáicas y termosolares.
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Solar Dream
El Real Decreto 436/2004 DE 12 de MARZO establece un marco para la producción de energía eléctrica en régimen especial (Energía Solar Fotovoltaica)
Obligación de compra de toda la energía inyectada a la red (Art. 18)
Pago por la energía inyectada. Precio fijo, tarifa regulada (Art. 22.1 y Art. 33) según la potencia de las instalaciones y unos plazos de tiempos marcados.
GARANTIA DEL ESTADO Está contemplada la no-retroactividad de dichas condiciones que marca este RD ante posibles modificaciones de la ley para instalaciones que se realizaron en su periodo de vigencia (Art. 40).
INSTALACIONES DE HASTA 100 KW: 575% de la tarifa media de referencia los primeros 25 años
460% de la tarifa media de referencia resto de vida de la instalación.
INSTALACIONES DE MÁS DE 100 KW: 300% de la tarifa media de referencia los primeros 25 años
240% de la tarifa media de referencia resto de vida de la instalación.
La tarifa media de referencia es el precio que se paga por la energía anualmente se espera que vaya en aumento (del año 2004 al año 2005 aumentó un 1,71%).
Se prevee un cambio de tarificación a partir del 29 de Septiembre de 2008, que aún no ha sido publicado de forma oficial.
NORMATIVA FOTOVOLTAICA
NORMATIVA TERMOSOLAR
Para las instalaciones temosolares de agua caliente sanitaria (ACS), la normativa que se aplica viene regida por el nuevo código técnico de la edificación, que entró en vigor en España a partir del 29 de Septiembre de 2006
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